REGLAMENTO POR EL DECRETO NACIONAL 3730 DE 2005 , POR EL CUAL REGLAMENTA PARCIALMENTE EL ART 60.
ART.60 : CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS ENAJENADOS.
Los activos enajenados se dividen en movibles y en fijos o inmovilizados.
Son activos movibles los bienes corporales
se anejan dentro del giro
ordinario , de los
ordinario , de los
negocios del
contribuyente.
contribuyente.
Son activos fijo o inmovilizados los bienes corporales muebles o inmuebles y los incorporales que no se anejan dentro del giro ordinario de los
negocios del contribuyente.
- Son activos fijos aquellos que su destino es ser explotados por la empresa y no están destinados para ser comercializados. Es aquel que hace parte de la propiedad, de planta y equipo como edificios, maquinaria ,etc.
- Y los activos movibles son los que están destinados para venderse. por ejemplo: un equipo de computo, un televisor,etc.